CUÁNDO Y CÓMO DEBE APLICAR EL AUTÓNOMO EL NUEVO IRPF

El pasado 12 de julio entraron en vigor los cambios en el IRPF. Esta fecha de aplicación genera dudas entre los profesionales autónomos a la hora de realizar sus facturas. ¿Qué IRPF tenemos que aplicar en las facturas de julio?

Existen dos tipos de servicios en los que los autónomos deben modificar el tipo de IRPF en sus facturas emitidas con fecha posterior al 12 de julio de 2015.
•    Los trabajos realizados a otro autónomo o empresa.
•    Las retenciones relacionadas con arrendamientos.001

En el primer caso, las retenciones pasan del  19% al  15%. En caso de ser un autónomo que inicia su actividad existe el IRPF reducido que pasa del   9% al  7%.

En lo referente a los alquileres de oficinas y locales sujetos a retención, el IRPF sufrirá un descenso del 20 al 19,5%. Esta disminución se aplicará en la factura del mes agosto y posteriores.

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